PRIMERA BANDERA
SEGUNDA BANDERA
TERCERA BANDERA
ACTUAL BANDERA
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PRIMERA BANDERA NACIONAL
Creada por Decreto Ley de 17 Agosto de 1825
Fue creada por Decreto Ley de 17 de agosto de 1825, durante la presidencia del Gran Libertador Simón Bolviar. La Asamblea Deliberante, en la sesión de aquella fecha, aprobó el solemne decreto que prescribía: "La Bandera Nacional será bicolor: verde y punzó; en el campo principal será punzó y a uno y otro costado irán dos fajas verdes del ancho de un pie. Sobre el campo punzó se colocarán cinco óvalos verdes de laurel y olivo, uno en el medio y cuatro en los costados y dentro de cada uno de ellos se colocará una estrella de oro".
SEGUNDA BANDERA NACIONAL
Modificada por Decreto Ley de 25 de julio de 1826
La modificacion de la primera bandera fue dispuesta por Decreto Ley de 25 de julio de 1826, durante la presidencia del Gran Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre. El Congreso Constituyente de 1826 dictaminó la sustitución de la faja verde superior, por la amarilla; por otra parte, las cinco estrellas deberian ir en el escudo de armas, que se hallaba enmarcado en la parte posterior por ramas de laurel y olivo.
TERCERA BANDERA NACIONAL
Reglamentada por Decreto Supremo de 14 de julio de 1888
El 30 de noviembre de 1851, la Asamblea Nacional, a sugerencia del Presidente Manuel Isidoro Belzu, modificó la enseña patria, dándole la forma y los colores actuales. Sin embargo, recién durante la presidencia de Gregorio Pacheco Leyes se reglamentó la modificación de Belzu, mediante Decreto de 14 de julio de 1888, que expresa:"La Bandera Nacional consta de tres fajas horizontales de igual anchura y dimensiones, colocadas en este orden: una roja en la parte superior, una color oro en el centro y una verde en la parte inferior".
ACTUAL BANDERA NACIONAL
Reglamentada por Decreto supremo No.27630 de 21 de julio de 2004, '-en el gobierno de Carlos Mesa G.
La bandera nacional que se use en instituciones oficiales, llevará al centro de la franja amarilla, en el anverso y reverso, el Escudo Nacional. En las fiestas públicas y condecoraciones patrióticas, los ciudadanos usarán la Bandera Nacional sin el Escudo Nacional, izándola en sus casa y edificios.
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